Esta tarjeta es actualmente necesaria para todos aquellos trabajadores del sector de la construcción, así como los pertenecientes al sector del metal, el vidrio y la rotulación.
Quien puede obtenerla
Trabajadores dados de alta en empresas que se encuentren dentro del ámbito de aplicación del Convenio General del Sector de la Construcción o del Metal. También podrán solicitar la tarjeta aquellos trabajadores autónomos cuyo trabajo se encuentre recogido en el mismo convenio.
Personas en paro que acrediten haber estado de alta en empresas encuadradas dentro del convenio, durante al menos treinta días.
Como requisito básico se pide que toda aquella persona que desee solicitar la TPC tenga una formación mínima en prevención de riesgos laborales.
Documentación a presentar
- El impreso para solicitar la tarjeta ya rellenado.
- Una foto reciente en tamaño carné.
- Fotocopia del DNI o tarjeta de residencia.
- Acreditar con el diploma original o una fotocopia compulsada del mismo, que hemos recibido la formación básica exigida.
- Llevar el original o la fotocopia compulsada del contrato de trabajo o los recibos de salarios.
Ventajas de contar con la TPC
Esta tarjeta es como tener siempre a mano nuestro curriculum ya que acredita nuestra formación, categoría profesional o los periodos en los que trabajamos en distintas empresas, entre otros datos.
De cara al profesional esta tarjeta va a acreditar su formación en aquellas materias relacionadas con la prevención de riesgos laborales, al mismo tiempo podrá demostrar su cualificación y experiencia en el sector de la construcción y así como certificar la formación que usted pueda haber recibido durante este tiempo.
En lo que se refiere a las empresas, estas podrán certificar que sus trabajadores han recibido la formación necesaria en materia de prevención de riesgos laborales y también podrán verificar que los nuevos trabajadores o aquellos que pertenezcan a empresas subcontratadas están de la misma forma cualificados.
Cuando caduca la tarjeta y como renovarla
La tarjeta Profesional de la Construcción caduca a los cinco años. Podremos renovarla siempre que acreditemos treinta días de alta en empresas que estén encuadradas en el mencionado Convenio General de la Construcción.
Si queremos renovarla debido a su pérdida, robo o deterioro, solo deberemos rellenar una solicitud para que nos entreguen un duplicado.
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