La edad mínima para trabajar en España es de 16 años, los menores tienen prohibido realizar un trabajo remunerado aun teniendo la autorización de sus padres, tutores o cualesquiera que sean sus representantes legales. En caso de infringir esta ley, o las normas que explicaré a continuación, se considerará una infracción muy grave y las sanciones recaerán sobre los tutores, y sobre quien haya contratado al menor.
Solo hay una excepción para que los menores de 16 años puedan trabajar y es si lo hacen en espectáculos públicos, siempre contando con la autorización parental y de la Autoridad Laboral que corresponda a su comunidad. En este caso corresponde a los padres pedir la autorización y contar con el consentimiento del menor, si se considera que tiene juicio suficiente.
Características del empleo para menores
Al contratar a menores de edad el empresario debe cumplir una serie de normas:
- Las personas mayores de 16 y menores de 18 años, que no se encuentren emancipadas, deben tener la autorización pertinente de su padres o tutores. Los menores de edad emancipados cuentan con capacidad plena, por lo que podrán trabajar sin necesidad de autorización.
- Los menores de 18 años no pueden trabajar en horario nocturno (de 10 de la noche a 6 de la mañana) ni hacer horas extra. Su jornada laboral es de un máximo de 8 horas diarias, ya sea con uno o varios empleadores.
- Cada cuatro horas y media de jornada laboral, tienen derecho a 30 minutos de descanso.
- Su descanso semanal debe ser de dos días ininterrumpidos como mínimo.
- Los menores de 18 no pueden trabajar en empleos que han sido considerados como insalubres por el Gobierno. Estos son los que se consideren peligrosos, nocivos, o que de alguna forma perjudiquen su formación y desarrollo.
En España existe la obligatoriedad de estar escolarizado hasta los 16 años y aunque el trabajo infantil no es algo común, si es bueno mantenerse informado, ya que en otros países podemos encontrarnos con que la edades mínimas para trabajar descienden hasta los 14 o 15 años.
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